domingo, 19 de junio de 2011

NOM-093-SSA1-1994

5.9 El personal debe cumplir con lo siguiente:
5.9.1 El personal del área de preparación de alimentos debe utilizar bata, delantal, red, turbante, cofia o gorra de colores claros, que cubra completamente el cabello; sin manchas o suciedad visible y en buen estado.


5.9.2 Todo el personal debe lavarse las manos hasta la altura de los codos con agua y jabón antes de iniciar las labores y después de interrumpirlas.

5.9.3 Debe lavarse las manos con agua, jabón y desinfectante, secarse con toallas desechables o aire caliente,antes y después de manipular alimentos crudos, después de ir al baño y después de manipular dinero.

5.9.4 Se debe exigir el lavado de manos, en lugar del uso de guantes. En el caso de necesitar guantes, éstos deben ser desechables y descartar cada vez que se interrumpan labores.

5.9.5 La presentación de todo el personal debe ser pulcra: bañado, afeitado, con el pelo corto y recogido, así como con ropa limpia.

5.9.6 Las uñas deben estar limpias, recortadas y sin esmalte.

5.9.7 No se permite el uso de joyería en manos, cuello u orejas.



5.9.8 Los límites microbiológicos de las manos, se deben sujetar a lo dispuesto en el apartado 6.2.1 de esta Norma.


5.9.9 No debe trabajar personal que padezca alguna enfermedad transmisible, heridas, abscesos; asimismo toda persona afectada por alguna enfermedad respiratoria, gastrointestinal o parasitosis, sólo puede reintegrarse al trabajo cuando se encuentre totalmente sana.

5.9.10 no se permite comer, fumar o beber en el àrea de preparacion de alimentos.


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